RESOLUCIÓN EXENTA CP N° 19710 / 2021
MATERIA:EXTIENDE VIGENCIA Y COBERTURA
TERRITORIAL DE CORDON SANITARIO PARA EL PUEBLO DE SAN LORENZO DE TARAPACÁ, COMUNA DE HUARA, REGIÓN DE TARAPACÁ PARA EL AÑO 2021.
IQUIQUE , 12 de Agosto de 2021
VISTO:
Lo dispuesto en los artículos 19 Nº 9, 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; los artículos 3, 8, 9, 10, 36, 57, 67, 94,121, 155 y el título II del Libro I del Código Sanitario; en los artículos 1, 4, 7, 8, 9, 10, 12, 16, 31, 49, 57, 68 y 106 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en el Reglamento Sanitario Internacional, promulgado a través del Decreto Nº 230 de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el Decreto Supremo Nº 136, de 2004 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; en el artículo 10 de la Ley Nº 10.336; en la Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; en el Decreto Supremo N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud y sus modificaciones, Resolución Exenta Nº644 dispone Medidas Sanitarias que indica por Brote de Covid-19 y establece nuevo Plan “Paso a Paso”, Resolución Exenta CP N° 17966 / 2021 de fecha 26 de Julio de 2021 de la Seremi de Salud de Tarapacá, Ordinario Alcaldía N° 1.278 de fecha 10 de agosto de 2021, y, en el DS Nº 43 de 27 de marzo de 2018 sobre designación de Secretario Regional Ministerial de Salud de la región de Tarapacá, del Ministerio de Salud.
CONSIDERANDO:
1. Que, a esta Secretaría Regional Ministerial de Salud le compete ejercer la función que le corresponde al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma; así como coordinar, controlar y, cuando corresponda, ejecutar tales acciones.
2. Que, esta Secretaría Regional Ministerial de Salud debe efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la situación de salud de la población. En el ejercicio de esta función, le compete mantener un adecuado sistema de vigilancia epidemiológica y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, investigar los brotes de enfermedades y coordinar la aplicación de medidas de control.
3. Que, asimismo, a esta Secretaría Regional Ministerial de Salud le corresponde velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de la población.
4. Que, como es de público conocimiento, durante la segunda quincena de diciembre de 2019 hasta la fecha se ha producido un brote, en la República Popular China, de un virus al cual se le ha denominado provisoriamente “Nuevo Coronavirus 2019 (2019-nCoV)”, en adelante, indistintamente, coronavirus 2019.
5. El nuevo coronavirus 2019 es una cepa de la familia de coronavirus que no se había identificado previamente en humanos. Los coronavirus son causantes de enfermedades que van desde el resfriado común hasta enfermedades más graves, como Insuficiencia Respiratoria Grave o daño en otros órganos. No es la primera vez que se conoce de transmisión de animales a humanos y luego de humanos a humanos de este tipo de virus RNA. El síndrome respiratorio agudo severo (SARS-CoV) del año 2002 y el síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS-CoV) de 2012 fueron también provocados por este tipo de agentes.
6. Que, el 5 de febrero de 2020, el Ministerio de Salud dicto el Decreto Nº4 de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta Alerta Sanitaria por el periodo que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), dicho Decreto fue modificado por el Decreto Nº24 del 2021 del Ministerio de Salud.
7. Que, con fecha 18 de marzo de 2020, su excelencia el presidente de la república, declaró estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, en el territorio de Chile, en virtud del Decreto Nº104 de 2020 del Ministerio del Interior. Así el Art. 5º de dicho Decreto dispone que “los jefes de la Defensa Nacional deberán tomar en consideración las medidas sanitarias dispuestas para evitar la propagación del Covid-19, en actos administrativos dictados por el Ministerio de Salud”, el cual mediante el Decreto Nº 72 de 2021 fue prorrogado y remplaza a los Jefes de la Defensa Nacional según indica.
8. Que, a nivel mundial, se ha establecido por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS), una alerta por la proliferación de la variante Delta (con origen registrado en la India), cepa del virus SarsCov2, que sería entre un 45% y un 65% más transmisible que las actuales variantes predominantes. Alertándose, la posibilidad de nuevas olas en de la pandemia en países de Europa y Norte
América. Dichas variables ya han sido reportadas en Brasil, Argentina, Perú y Chile.
9. Que, las comunas de la región de Tarapacá se encuentran en distintas situaciones conforme el Plan Paso a Paso, siendo estas Iquique, Alto Hospicio, Camiña y Pica en Fase de “Preparación”; Pozo Almonte y Colchane y Huara en fase de “Apertura Inicial”.Y que durante el trascurso de la pandemia Covid19, la comuna de Huara ha experimentados brotes en localidades, pueblos y caseríos, incluidos en su territorio, a causa de fiestas patronales y familiares, producto de la visita masiva desde las comunas urbanas, movilizando el virus SarsCov2, exponiendo a los residentes y generando una alta vulnerabilidad por la distancia a los servicios médicos y sanitarios de la región.
10. Que, la comuna de Huara presenta una tasa de casos activos por 100.000 habitantes de 333,3 y una tasa de incidencia acumulada de 14.766,7, registrando una positividad de 13,7%.
11. Que, el pueblo de Tarapacá es una localidad ubicada en la comuna de Huara y que se transforma durante la Fiesta religiosa de San Lorenzo de Tarapacá, que celebra su día el 10 de agosto de cada año, constituyéndose en una de las principales Fiesta religiosa de la región, por lo cual con fecha 10 de julio el año en curso la Seremi de Salud de Tarapacá emitió la Resolución Exenta CP N° 17966 de fecha 26 de Julio de 2021, mediante la cual se estableció el Cordón Sanitario para el Pueblo de San Lorenzo de Tarapacá, Comuna de Huara, para el año 2021.
12. Que, con fecha 10 de agosto del año en curso el alcalde (s) de la Ilustre Municipalidad de Huara solicita que se extienda la vigencia y cobertura territorial del Cordón Sanitario del Pueblo de Tarapacá producto de la “Festividad de la Octava de San Lorenzo” la cual se desarrolla los días 18, 19 y 20 de agosto en las localidades de Tarapacá y Huarasiña.
13. Que, las condiciones antes mencionadas requieren particular atención de esta Autoridad Sanitaria considerando el actual estado de la pandemia de COVID-19, por lo cual, por parte de esta Autoridad se arbitraran todas las medidas necesarias y pertinentes para proteger la vida y salud de los habitantes de la Región de Tarapacá.
14. Que, el Cordón Sanitario es una medida que prohíbe el ingreso y salida de un lugar determinado, y para el ingreso, salida y asegurar el abastecimiento básico y los servicios esenciales en lugares que se encuentra establecida esta medida se requiere de salvoconducto individual, permiso desplazamiento colectivo o permiso único colectivo según sea el caso, lo cual a juicio de esta Autoridad es la medida sanitaria más adecuada para evitar la propagación del coronavirus en el Pueblo de Tarapacá. Comuna de Huara entre los días 01 y 15 de agosto del presente año.
15. Y, de acuerdo a las facultades que me han sido delegadas mediante el Decreto N°4 de 2020 y 24 de 2021, del Ministerio de Salud, y demás facultades que me confiere la ley.
R E S O L U C I Ó N:
PRIMERO: EXTIENDASE LA VIGENCIA DEL CORDÓN SANITARIO del Pueblo de San Lorenzo de Tarapacá, comuna de Huara, establecido por Resolución Exenta CP N° 17966 / 2021 de la Seremi de Salud de Tarapacá hasta el día 21 de agosto del año en curso hasta las 10:00 AM de ese día, el cual se suprimirá si las condiciones epidemiológicas locales permiten su suspensión.
Y EXTIENDASE LA COBERTURA TERRITORIAL DEL CORDÓN SANITARIO a las localidades de TARAPACÁ Y HUARASIÑA debido a la celebración de la “Festividad de la Octava de San Lorenzo”.
SEGUNDO: COMUNÍQUESE la presente resolución al Jefe de la Defensa Nacional de la Región de Tarapacá, para que a través del personal de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad que estén bajo su dependencia, se implementen las medidas de control, establecidas en la presente resolución.
TERCERO: NOTIFIQUESE a la Delegación Presidencial Provincial y a la Ilustre Municipalidad de Pozo Almonte de la Región de Tarapacá, a fin de que presten la colaboración correspondiente, en atención a las facultades.
CUARTO: INFÓRMESE que el incumplimiento de la medida sanitaria dispuesta quedará sujeto a las sanciones en conformidad a lo establecido en el Libro X del Código Sanitario y en el Código Penal, si procediere y de ser el caso y la infracción lo amerita a la suspensión del Pase de Movilidad.
QUINTO: PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en la página web de la Seremi de Salud de Tarapacá.
ANÓTESE Y COMUNÍQUESE
MANUEL FERNÁNDEZ IBACACHE
12-08-2021
SEREMI DE SALUD TARAPACÁ
Ministerio de Salud
Nombre Cargo Fecha Visación
Dalitza Pérez Monardes JEFA DE DEPARTAMENTO 12/08/2021 12:45:47
Distribución:
Jefe de la Defensa Nacional de la Región de Tarapacá
Carabineros de Chile
Policía de Investigaciones de Chile
Delegación Presidencial Regional Tarapacá
Delegación Presidencial Provincial de Iquique Delegación Presidencial Provincial del Tamarugal Alcalde Municipalidad de Iquique.
Alcalde Municipalidad de Alto Hospicio
Alcalde Municipalidad de Pozo Almonte
Alcalde Municipalidad de Camiña
Alcalde Municipalidad de Colchane
Alcalde Municipalidad de Huara
Alcalde Municipalidad de Pica
Otras Autoridades regionales pertinentes
Departamento Acción Sanitaria, SEREMI de Salud Tarapacá
Departamento Salud Pública y planificación Sanitaria, SEREMI de Salud Tarapacá
Departamento Asesoría Jurídica, SEREMI de Salud Tarapacá
Gabinete, SEREMI de Salud Tarapacá
Oficina de Partes SEREMI de Salud Tarapacá
Código: 1628799935410 validar en https://validadoc.minsal.cl:8543/EsignerValidar/verificar.jsp
SE EXTIENDE VIGENCIA Y COBERTURA TERRITORIAL DE CORDON SANITARIO PARA EL PUEBLO DE SAN LORENZO DE TARAPACÁ, COMUNA DE HUARA, REGIÓN DE TARAPACÁ PARA EL AÑO 2021.
RESOLUCIÓN EXENTA CP N° 19710 / 2021 MATERIA:EXTIENDE VIGENCIA Y COBERTURA TERRITORIAL DE CORDON SANITARIO PARA EL PUEBLO DE SAN LORENZO DE TARAPACÁ, COMUNA DE HUARA, REGIÓN DE TARAPACÁ PARA EL AÑO 2021. IQUIQUE , 12 de Agosto de 2021 VISTO: Lo dispuesto en los artículos 19 Nº 9, 32…
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