En Chile, los jardines infantiles y salas cuna tienen la obligación de resguardar la integridad física y emocional de todos los niños y niñas que están bajo su cuidado. Si bien las mordeduras, golpes o empujones pueden ocurrir durante la primera infancia como parte de su desarrollo, estos hechos no liberan al establecimiento de su deber de supervisión y protección.
De acuerdo con la normativa vigente y los principios promovidos por la Superintendencia de Educación, los establecimientos deben contar con protocolos de actuación frente a situaciones que afecten la convivencia y la seguridad de los párvulos. Esto implica atender de inmediato al niño afectado, informar oportunamente a las familias, registrar el incidente, investigar las circunstancias y adoptar medidas preventivas para evitar que la situación vuelva a repetirse.
Asimismo, el jardín infantil debe reforzar la supervisión de los niños involucrados, trabajar en conjunto con los equipos educativos y las familias para abordar las conductas observadas, y promover un ambiente seguro, respetuoso e inclusivo.
La protección de la infancia es una responsabilidad compartida entre la familia y el establecimiento educacional. No obstante, mientras los niños permanecen en el jardín infantil, el deber de cuidado recae en la institución, la que debe adoptar todas las medidas razonables para resguardar su bienestar y seguridad.









