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EPI reforzó plan de evacuación y emergencia con sus trabajadores

La capacitación se enfocó en el actuar frente a alguna situación de catástrofe como terremotos, tsunamis, e incendios. Comunicado de prensa Martes 14 de enero de 2020 La Empresa Portuaria Iquique (EPI) a través de su Área de Prevención de Riesgos reafirmó su compromiso con la seguridad laboral a través…

La capacitación se enfocó en el actuar frente a alguna situación de catástrofe como terremotos, tsunamis, e incendios.

Comunicado de prensa
Martes 14 de enero de 2020

La Empresa Portuaria Iquique (EPI) a través de su Área de Prevención de Riesgos reafirmó su compromiso con la seguridad laboral a través de la revisión y actualización de su Plan de Emergencia y posterior difusión de éste a todos los trabajadores.

El gerente general de EPI, Rubén Castro sostuvo que “es de vital importancia contar con planes actualizados tanto a la normativa vigente, como a las exigencias actuales de la industria y que nos permita prevenir incidentes ante posibles emergencias”.

La capacitación se enfocó en el actuar frente a alguna situación de catástrofe como terremotos, tsunamis, e incendios. Poniendo énfasis en recordar cuales son las vías de evacuación, vías de emergencia, uso de extintores, zonas seguras y cómo enfrentar la situación antes, durante y después de cualquier catástrofe que pueda ocurrir.

Asimismo, se recordó lo contenido en el Artículo 184 bis del Código del Trabajo donde se indica que en los lugares de trabajo donde sobrevenga un riesgo grave o inminente para la vida o salud de los trabajadores, el empleador deberá informar inmediatamente a todos los trabajadores afectados sobre la existencia del mencionado riesgo, así como las medidas adoptadas para eliminarlo o atenuarlo. Además, tendrá que adoptar medidas para la suspensión inmediata de las faenas afectadas y la evacuación de los trabajadores, en caso de que el riesgo no se pueda eliminar o atenuar.

Con todo, el trabajador tendrá derecho a interrumpir sus labores y, de ser necesario, abandonar el lugar de trabajo cuando considere, por motivos razonables, que continuar con ellas implica un riesgo grave e inminente para su vida o salud. El trabajador que interrumpa sus labores deberá dar cuenta de ese hecho al empleador dentro del más breve plazo, el que deberá informar de la suspensión de estas a la Inspección del Trabajo respectiva.

Finalmente se revisaron los aspectos generales de las actualizaciones del Plan de Gestión de Salud, Seguridad Laboral y Ambiental de EPI 2020, en el cual se pone énfasis en la importancia del autocuidado de cada uno de los trabajadores.

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