Hace algunas semanas se publicó la Ley N°21.733, normativa largamente esperada que entrega mayor tranquilidad a la ciudadanía, especialmente a quienes utilizan a diario el transporte público como medio de movilización. Esta ley establece la inhabilidad para obtener una licencia de conducir de tipo profesional a aquellas personas que hayan sido condenadas por delitos de connotación sexual, como violación, abuso sexual, explotación sexual comercial o producción de material pornográfico que involucre a niños, niñas y adolescentes.Esta prohibición se extiende a todas las modalidades de servicio público de pasajeros. Sin embargo, surge una interrogante: ¿cómo se fiscalizará a aquellos conductores que ya poseen una licencia profesional y que, posteriormente, fueron condenados por alguno de los delitos mencionados? Para ello, cada operador de transporte público está obligado a exigir, de manera semestral, que sus conductores acrediten no estar afectos a esta inhabilidad. Esto se realiza mediante la presentación del certificado de antecedentes para fines especiales del Registro Nacional de Condenas, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Dicho documento debe ser remitido al Ministerio de Transportes, y en caso de incumplimiento, se procederá a la cancelación de la licencia de conducir del infractor.La promulgación de esta ley reviste especial importancia, considerando que muchos menores utilizan diariamente la locomoción colectiva para asistir al colegio. Asimismo, existen adolescentes que, para dar cumplimiento al régimen de relación directa y regular (visitas), deben trasladarse a otras regiones, generalmente en bus, lo que también ha sido motivo de preocupación para sus familias.Con esta normativa, se fortalece la seguridad de quienes utilizan el transporte público. No obstante, siempre es recomendable mantener una actitud atenta y precavida al movilizarse, ya que, si bien existen medidas de resguardo, nunca se puede saber con certeza quién viaja al lado ni qué conductas inapropiadas pueda haber desarrollado a lo largo de su vida.
Ley inhabilita a choferes con condenas por delitos sexuales
Hace algunas semanas se publicó la Ley N°21.733, normativa largamente esperada que entrega mayor tranquilidad a la ciudadanía, especialmente a quienes utilizan a diario el transporte público como medio de movilización. Esta ley establece la inhabilidad para obtener una licencia de conducir de tipo profesional a aquellas personas que hayan…

Noticias Relacionadas

Bajo el lema “Súmate a lo que nos une”Banco de Chile presenta principales novedades de la campaña de recaudación para Teletón 2026: 6 y 7 de noviembre, ¡Teletón es Six Seven!
• La institución financiera habilitará más de 3.000 puntos de recaudación en todo Chile, utilizará por primera vez terminales de…

En planificación nacional contra la violencia carcelariaMasivo operativo de registro y allanamiento en cárcel de Alto Hospicio incauta armas, droga y celulares
El procedimiento extraordinario se enmarca en un despliegue estratégico por toda la macrozona norte del país, interviniendo unidades de Arica,…

A 91 años de su creación, el Cuadro Negro mantiene viva una tradición que nació en Angol
Cuando en 2015 el Cuadro Negro se trasladó desde el Regimiento de Caballería N.º 3 “Húsares” al Campo Militar “San…





