El Presidente Sebastián Piñera, acompañado por los ministros del Trabajo y Previsión Social, María José Zaldívar; de Hacienda, Ignacio Briones y de Mujer, Mónica Zalaquett, anuncia la entrega de un nuevo Subsidio Protege, para el cuidado de niños y niñas menores de 2 años.
• Se trata de un subsidio mensual de $200.000 que se entregará directamente a las madres trabajadoras, dependientes e independientes, que tengan a su cargo el cuidado de niños o niñas menores de 2 años, para que lo destinen al cuidado de los mismos y que no tengan garantizado el derecho a sala cuna por parte de su empleador.
• Podrán acceder al subsidio las madres trabajadoras, dependientes o independientes, que tengan a su cargo el cuidado de un niño o niña menor de dos años; y alternativamente: los padres trabajadores, dependientes o independientes, que tenga el cuidado personal de manera exclusiva, o aquel que se le haya otorgado el cuidado personal de un niño o niña menor de dos años.
• El subsidio ($200.000) será por cada niño o niña menor de 2 años que la madre o padre trabajador, según sea el caso, tengan a su cuidado.
• El beneficio se extenderá por 3 meses, renovables mientras se mantenga vigente el estado de excepción con motivo de las condiciones sanitarias de la pandemia del Covid-19 que justifican su implementación. La renovación se realizará mensualmente por un periodo máximo de seis meses.
Antecedentes:
• Término de extensión de licencias médicas preventivas parentales (LMPP) de Ley de Crianza Protegida: a la fecha, 39.974 madres trabajadoras han hecho uso de sus tres licencias médicas preventivas parentales (LMPP).
• Salas cunas y jardines infantiles con bajos niveles de funcionamiento, lo que genera problemas en la “cadena de cuidado” de niños y niñas.
• Pérdida de empleo femenino: caída de 16,0% en trimestre sept-oct-nov 2020 (respeto a septiembre-octubre-noviembre 2019).
Características del Subsidio Protege:
• El beneficio se configura como una tercera línea del Subsidio al Empleo, que ya estaba conformado por los subsidios Contrata y Regresa.
• Universo potencial de beneficiarios: 35.067 mujeres.
• Duración: 3 meses renovables mientras se mantenga vigente el estado de excepción con motivo de las condiciones sanitarias de la pandemia del Covid-19 que justifican su implementación. La renovación se realizará mensualmente por un periodo máximo de seis meses.
• Cantidad de beneficios: 1 bono ($200.000) por cada niño o niña menor de 2 años que la madre o padre trabajador, según sea el caso, tengan a su cuidado.
• Monto de Subsidio por tipo de jornada: Beneficio completo ($200.000) para trabajadoras con contratos a tiempo completo y beneficio proporcional a para las que tengan una jornada inferior.
Requisitos de acceso
1. Estar dentro del universo de beneficiarios;
2. Haberse reincorporado efectivamente al trabajo, ya sea en modalidad de teletrabajo, a distancia o mixta;
3. Cumplir con el siguiente mínimo de cotizaciones:
• Trabajadoras dependientes: 4 cotizaciones en los últimos 12 meses, debiendo ser al menos una correspondiente al último mes anterior a la postulación.
• Trabajadoras independientes: haber cotizado como independientes en la última operación renta y no tener derecho a sala cuna por su condición de dependiente.
Exclusiones e incompatibilidades
• Incompatibilidades:
o Beneficios de Ley de Crianza Protegida.
o Suspensiones por Ley de Protección de Empleo.
• No aplica para madres trabajadoras que laboren en empresas que están obligadas a entregar beneficio de sala cuna por tener contratadas a 20 o más mujeres.
• No aplica para madres trabajadoras del sector público, ya que actualmente reciben el beneficio de sala cuna o un bono compensatorio por el mismo.
• Una misma trabajadora no puede recibir doble beneficio por tener calidad de trabajadora dependiente e independiente al mismo tiempo.
Postulación:
• Al beneficio debe postular directamente la madre trabajadora beneficiaria en la página web del SENCE, www.subsidioalempleo.cl, en el que se verifica el cumplimiento de los requisitos de acceso con las bases de datos en línea que dispone dicho Servicio.
• Se podrá postular a partir de febrero de 2021.
• Los pagos comenzarán a realizarse en marzo de 2021.
ANEXO: Estadísticas Subsidios al Empleo a la fecha
• En el informe del 15 de enero de 2021, se habían aprobado 376.430 subsidios al empleo, el 71% de ellos corresponde al Subsidio Contrata y el 29% al Subsidio Regresa para trabajadores suspendidos.
• Los subsidios se han entregado a 49.479 empresas, siendo cerca del 95% de ellas MiPymes.
Subsidio a la Contratación (“Subsidio Contrata”):
• Consiste en un beneficio entregado directamente a las empresas por cada nueva contratación que realicen. El beneficio equivale a un porcentaje de la remuneración mensual bruta (RMB) del trabajador, se entrega por hasta 6 meses por cada contratación adicional que realice una empresa, incrementando así el tamaño de su planilla de trabajadores contratados con respecto a julio de 2020.
• En el caso de los hombres, el porcentaje del subsidio alcanza el 50% de la RMB del nuevo trabajador, con tope de $250.000 mensuales.
• En el caso de las mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, personas con discapacidad y beneficiarias de alguna pensión de invalidez, cualquiera sea su tipo; el monto del subsidio se incrementa al 60% de la RMB y el tope se incrementa a $270.000 mensuales.
• Para recibir el subsidio, las empresas que postulen al beneficio deben cumplir con los siguientes requisitos:
o Incrementar su nómina de trabajadores con contrato vigente respecto de la planilla que tenían a julio 2020 (Planilla de Referencia). Se entregarán tantos subsidios como trabajadores se contraten y sean postulados con éxito, por sobre la mencionada planilla;
o Tributar en alguno de estos sistemas: (i) contribuyentes de primera categoría; o (ii) pequeños contribuyentes del art. 22 de la Ley de Impuesto a la Renta
o Asimismo, los trabajadores respecto de los cuales la empresa postula deben cumplir con los siguientes requisitos:
Ser mayores de 18 años;
Tener una RMB menor a $961.500 (3 ingresos mínimos);
No haber trabajado en una empresa que sea parte del mismo grupo empresarial de la empresa beneficiaria con posterioridad al 28 de septiembre de 2020.
Subsidio al Regreso (“Subsidio Regresa”):
• Consiste en un beneficio entregado directamente a las empresas por cada trabajador suspendido que es reincorporado a sus funciones.
• Es un beneficio fijo de $160.000 por cada trabajador reincorporado y con una duración máxima de 6 meses.
• Para recibir el subsidio, las empresas que postulen al beneficio deben cumplir con los siguientes requisitos:
o Las empresas deben haber experimentado una caída en sus ventas o ingresos brutos de al menos el 20% en el cuatrimestre abril-julio de 2020, respecto del mismo cuatrimestre del año anterior.
o Tributar en alguno de estos sistemas: (i) contribuyentes de primera categoría; o (ii) pequeños contribuyentes del art. 22 de la Ley de Impuesto a la Renta.
o Asimismo, los trabajadores respecto de los cuales la empresa postula deben cumplir con los siguientes requisitos:
Ser mayores de 18 años;
Tener una RMB menor a $961.500 (3 ingresos mínimos)
No haber trabajado en una empresa que sea parte del mismo grupo empresarial de la empresa beneficiaria con posterioridad al 28 de septiembre de 2020.








